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Legales

Canal Ético

El presente espacio es un canal de comunicación para informar de actividades y conductas presuntamente irregulares. Si tienes información o sospechas razonables de que se ha producido o puede producirse una infracción en nuestra organización, envíanos toda la información al respecto. Si utilizas nuestro Canal Ético, nuestros expertos valorarán la exactitud de las alegaciones y realizarán todas las investigaciones necesarias para resolver la infracción denunciada.

Se regirá por las siguientes normas, las cuales el denunciante acepta expresamente al entregar la comunicación:

  • El objetivo del presente Canal Ético es el de proporcionar información, incluyendo sospechas razonables, en relación con una infracción que se ha cometido o que muy probablemente se vaya a cometer en el ámbito de esta entidad. Por consiguiente, se prohíbe expresamente cualquier otro uso del canal distinto al aquí referido.
  • El concepto “infracción” se refiere tanto a actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico como a actuaciones contrarias a las políticas de la organización, así como a actuaciones contrarias a los usos socialmente aceptados.
  • El denunciante es consciente de que la información que proporciona a través del presente formulario supone el inicio del correspondiente proceso de investigación, por lo que se compromete a comunicar únicamente información veraz o sobre la que existen sospechas fundadas. Todas aquellas comunicaciones con información manifiestamente falsa, no apoyadas en ningún tipo de prueba o con un contenido imposible serán archivadas automáticamente.
  • Se prohíbe expresamente la utilización del presente Canal Ético para realizar comunicaciones repetitivas o reiterativas. Se considerará que una comunicación es repetitiva cuando la información proporcionada por el denunciante sea sustancialmente idéntica a otra que hubiese realizado con anterioridad, sin aportar nueva información o pruebas que puedan ayudar en la investigación.
  • Si el denunciante pusiera de manifiesto la existencia de una ilícito penal, se suspenderá el procedimiento de inspección y se dará cuenta a las autoridades competentes.
  • El denunciante podrá proporcionar toda la información que considere pertinente, si bien deberá respetar, tanto en la comunicación como en las pruebas remitidas, los derechos fundamentales de todos los implicados. Si alguna prueba se ha obtenido vulnerando derechos fundamentales, la misma se considerará como de valoración prohibida y no será tenida en cuenta en las investigaciones, procediéndose a su inmediata supresión.
  • Las tareas de investigación se desarrollarán por una persona u órgano imparcial que tiene atribuida expresamente tal función por parte de la entidad. Este instructor se comunicará constantemente con el denunciante y le solicitará información adicional, en caso de ser necesaria.
  • Una vez finalizadas las tareas de investigación, el instructor se pronunciará sobre la supuesta veracidad o falsedad de los hechos conocidos, momento a partir del cual se realizarán las recomendaciones pertinentes que la organización deberá atender para evitar que surjan situaciones similares en el futuro. Las recomendaciones formuladas no determinan de manera definitiva que efectivamente exista una actuación contraria al ordenamiento jurídico, a las políticas de la organización o a los usos socialmente aceptados, sino que se centran en proponer medidas que solucionen los problemas en cuestión y que eviten el surgimiento de ese tipo de situaciones en el futuro. Si las circunstancias del caso lo aconsejan, se recomendará comunicar a las autoridades competentes los hechos conocidos.
  • El presente Canal Ético no admite recursos contra pronunciamientos que ya hubiesen finalizado. Si el denunciante hubiera obtenido nuevas pruebas en relación a un procedimiento ya cerrado, deberá iniciar una nueva comunicación aportándolas e indicando el procedimiento anterior.
  • La entidad cuenta con un plazo máximo de tres meses para resolver sobre la información recibida, tiempo durante el cual se proporcionarán al denunciante todas las comunicaciones que pudieran ser de su interés en relación al caso planteado.
  • Se respetará en todo momento la garantía de indemnidad, así que no se adoptarán represalias de ningún tipo contra los denunciantes que se identifiquen, sean trabajadores de la organización u otras personas que mantenga una relación estrecha con la entidad.

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